FEEDA. Según el texto publicado “A fin de dar a los fabricantes tiempo suficiente para prepararse para la aplicación de las normas revisadas, es necesario aplazar la retirada de las referencias de las normas armonizadas EN 81-21:2009, modificada por EN 81-21:2009+A1:2012, EN 81-28:2003, EN 81-58:2003, EN 81-70:2003, modificada por EN 81-70:2003/ A1:2004, y la norma armonizada EN 81-77:2013″.
A su vez, se señala que “La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 21.8.2023 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 206/71.
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