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    ANCERA: Consideraciones a RD-ley 10/2020 servicios esenciales

    ANCERA. Atendiendo al anexo del  Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

    No se aplica a:

    a) Trabajadores de servicios esenciales según el anexo

    b) Trabajadores de las divisiones o en las líneas de producción cuya actividad se corresponda con los sectores calificados como esenciales en el anexo.

    c)Trabajadores sujetos a ERTEs

    d) Bajas o contratos ya suspendidos

    e) Trabajadores con teletrabajo o cualquiera de las modalidades no presenciales de prestación de servicios.

    Más información:

    http://ancera.org/consideraciones-a-rd-ley-10-2020-servicios-esenciales/

     

    30/03/2020