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    FECE: Sentencias Tribunal Supremo: la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) es competencia exclusiva del Estado y no de las Comunidades Autónomas

    Como sabéis, desde FECE en innumerables ocasiones hemos puesto de relieve el problema que representa para las empresas el que nuestro modelo de organización del Estado implique que para un determinado sector o actividad haya una normativa distinta por comunidad y tantas leyes como Comunidades Autónomas. Esta situación lleva al caos y es claramente antieconómica y por tanto, pone barreras a un deseable crecimiento empresarial. Hemos señalado también que en muchas ocasiones la normativa autonómica infringe la preceptiva unidad de mercado al querer ampliar las obligaciones de las empresas.
     
    En este sentido, es importante la jurisprudencia que acaba de sentar el Tribunal Supremo al determinar que en materia de RAP, la competencia corresponde exclusivamente al Estado (según la Ley 22/2011) (Sentencias 1121, 1122, 1123 y 1124/2020 de 27 de julio )
     
    El TS ha estimado los recursos presentados por varios sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP) y por el Consorcio Nacional de Industriales del Caucho , que han recurrido el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña («PRECAT20»). Han quedado anulados por tanto los preceptos del mismo que establecieron objetivos de responsabilidad ampliada del productor (RAP) superiores a los fijados en la normativa estatal básica (específicamente, objetivos de valorización de residuos de envases, pilas, aparatos eléctricos y electrónicos y neumáticos fuera de uso). Ya había sentenciado en el mismo sentido en relación a Andalucía. 

    Más información:

    http://fece.org/blog/2020/09/08/sentencias-tribunal-supremo-la-rap-es-competencia-exclusiva-del-estado-y-no-de-las-comunidades-autonomas/

    16/09/2020