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    FECE: El Canon por copia privada ¿Cómo funciona para las tiendas esta obligación?

    Por: Marta Pérez Dorao FECE El canon compensatorio funciona de forma muy similar al IVA. En origen, los obligados a pagarlo a través de la Ventanilla Unica Digital  son los importadores y fabricantes de equipos. El momento en que la obligación surge es cuando se produce la primera venta de los equipos dentro del territorio del Estado español. Así, cuando un fabricante o importador vende esos equipos por vez primera a mayoristas o minoristas, genera la obligación de pagar el canon. Esa obligación se cumple mediante unas autoliquidaciones que deben rellenarse indicando todas las operaciones realizadas dentro de cada trimestre natural del año. Se puede encontrar una detallada Guía para las autoliquidaciones en este enlace: Sharepoint – homeserve (microsoftcrmportals.com) Una vez al trimestre se enviará esa autoliquidación a la VUD, la cual puede hacer comprobaciones y, en su caso, correcciones. Cuando se han hecho, le llegan al importador o fabricante las facturas correspondientes a la autoliquidación del trimestre de que se trate.

    Más información:

    http://fece.org/blog/2021/07/14/el-canon-por-copia-privada-como-funciona-para-las-tiendas-esta-obligacion/ 

    15/07/2021